Por Sergio Antequera.![]()
La Comisión Europea (CE) abrió un expediente a España por no haber cumplido con la cuarta directiva europea sobre blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo, expuesta por la Unión Europa (UE) en 2015, la cual tenía plazo hasta el 26 de junio de este año.
El pasado 23 de noviembre la CE envió una carta de emplazamiento al país ibérico, lo que supone el primer paso del procedimiento de infracción. En ese sentido, se exige a España a cumplir con el reglamento y actuar en vista de las llamadas de atención presentadas por la comisión.
De igual manera, Portugal recibió el llamado de atención y la región ibérica se une a Bulgaria, Estonia, Grecia, Croacia, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia y Finlandia, las cuales en julio del presente año fueron alertadas por no comunicar la implementación de la nueva normativa.
Declaraciones
La comisaria europea de Justicia, Vera Jurova, expresó: “apremio a España a aprobar las nuevas reglas contra el blanqueo de capitales lo antes posible. Una transparencia más estricta ayudará a cortar la financiación terrorista y a mejorar la lucha contra el blanqueo de capitales y la evasión fiscal”. Del mismo modo, explicó que unas reglas de transparencia más estrictas “ayudarán a cortar la financiación al terrorismo y a avanzar en la lucha contra el lavado de dinero y la elusión fiscal”.
Por otra parte, en un comunicado emitido por Ernest Urtasun, diputado europeo por Los Verdes, manifestó que “es inaceptable que un país con un problema grave de economía sumergida y que ha sido azotado brutalmente por el terrorismo no haya traspuesto la directiva, dos años después de que esta fuera aprobada”.
Para finalizar, Urtasun señaló que en España aún no se incorpora “el refuerzo de las sanciones, la definición de grupo empresarial, el registro de profesionales de prestación de servicios financieros, la definición de tercer país equivalente, las medidas de debida diligencia o los umbrales de los sujetos obligados a cumplir las normas europeas”.
Cuarta directiva europea contra el blanqueo de capitales
Aprobada en 2015, la cuarta directiva europea sobre el lavado de dinero toma las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en su versión del 2012 además de algunas medidas agregadas. Por su parte, el plazo para la implementación de este reglamento era de dos años, lo cual España no cumplió.
En general, este reglamento estipula un refuerzo en la debida diligencia del cliente y el enfoque basado en riesgo, haciendo hincapié en los bancos y su obligación de ampliar medidas cuando los riesgos encontrados son mayores, en base a la toma de decisiones y al uso de datos reales para mejorar la medición de riesgos.
Con respecto al beneficiario final, se coloca como reglamento la creación de registros centrales nacionales donde deben declararse los verdaderos dueños y propietarios de las empresas, lo que supone un control que pueda evitar la acción de sociedades secretas que se usen con fines ilícitos. En el mismo sentido, los registros centrales nacionales solamente serán accesibles a ciertas personas u organizaciones con interés legítimo, donde se incluyen bancos y sujetos obligados en prevención de blanqueo. Con esto, podrán identificar los beneficiarios reales en relaciones de negocios.
Del mismo modo, las fuerzas de seguridad, entes gubernamentales y unidades de inteligencia financiera tendrán acceso total a estas bases de datos, sin embargo, ciertos sectores del publico general, como periodistas de investigación Organizaciones No Gubernamentales (ONGs), tendrán un acceso parcial.
Por otra parte, se indica y se hace énfasis en que los estados miembros de la UE deben velar por la aplicación de sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias en contra de los sujetos que hagan infracciones e incumplan con la ley.
En definitiva, la directiva tiene como objetivo blindar el sistema económico europeo en el marco de las medidas más apropiadas para el sector financiero, con el fin de evitar así acciones ilícitas como el blanqueo de dinero y el financiamiento del terrorismo.
Documento relacionado
– 4ta directiva europea sobre blanqueo de capitales y financiamiento del terrorismo – HTML – PDF




