Con el objetivo establecer nuevos controles antilavado sobre las salas de juego y casinos venezolanos, la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Juego y Máquinas Traganíqueles creó la Unidad de Prevención, Detección y Fiscalización contra la Legitimación de Capitales, mediante la Resolución No. 026, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.615, de fecha 14 de febrero de 2011.

El organismo regulador indica que este tipo de establecimiento comercial es “susceptible de ser utilizado por la delincuencia organizada para cometer el delito de legitimación de capitales por las características y naturaleza de la actividad”.

La nueva norma establece en su Artículo 2 las siguientes funciones para el nuevo ente fiscalizador:

  1. Analizar los actos, actividades y operaciones que se configuren como sospechosas o denuncias en el ámbito económico y financiero en relación a la legitimación de capitales; asi mismo recibir, solicitar y verificar la información oportuna sobre posibles ilícitos en el área y reportar de forma inmediata a la Unidad nacional de Inteligencia Financiera (UNIF)
  2. Coordinar y supervisadas el cumplimiento de la normativa legal y los controles internos de prevención y procedimientos de detección que se hayan implementado por parte de cada una de las licenciatarias.
  3. Elaborar perfiles financieros sobre aquellos factores o entes identificados como irregulares.
  4. Producir informes periódicos relacionados con los casos investigados y presentados a la máxima autoridad.,
  5. Llevar los registros a que haya lugar.
  6. Cumplir las disposiciones establecidas en la ley para el Control de Casinos, salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, su Reglamento y la concerniente a la Providencia No. 064 y cualquier otra normativa relacionada con la prevención en la materia de legitimación de capitales.

Actualmente en Venezuela están en vigencia la Ley para el Control de los Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles y su reglamento (disponibles al final de esta información). 

Retos regulatorios del sector

Este nuevo organismo enfrenta retos en la implementación de los procesos regulatorios. Es vita la implementación de mecanismos, procedimientos y políticas que se enfoquen en la reducción de riesgos durante la etapa de preclasificación de sociedades para analizar y estudiar a las compañías que van a participar en el sector de casinos, conocer sus antecedentes, sus directores y beneficiarios finales.

Otros de los retos de esta Unidad será la ejecución de medidas que le permitan descubrir la idoneidad de las empresas postulantes y también analizar las fuentes de financiación y el origen del patrimonio de las sociedades que operan en el país.

Los acuerdos interinstitucionales también son determinantes. Por ejemplo, la Superintendencia de Casinos de Juegos (SCJ) de Chile –organismo que empezó a funcionar en mayo de 2005- creó ese mismo año un acuerdo de asistencia con el Departamento del Tesoro de Estados Unidos y el siguiente año  con la Policía de Investigaciones chilena para intercambiar información, planificar y organizar informes e investigaciones. 

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Principales regulaciones vigentes en Venezuela

– Ley para el Control de los Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles (1997)

Reglamento de la Ley para el Control de los Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles  (1998)

Reglamento Interno de la Comisión Nacional de Casinos, salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles (2000)

Providencia N°64: Mediante la cual se establecen las regulaciones para la prevención, detección, fiscalización y control de las operaciones de legitimación de capitales en los casinos y salas de bingo. Deroga la Providencia N° 5(G.O. 39.448 del 17/06/2010).

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Artículo complementario

Señales de alerta para casinos y salas de juego – Legislación ALD/CFT de Perú