Durante el 2008 las instituciones financieras mexicanas emitieron más de 6 millones 500 mil reportes de operaciones relevantes, lo que representa un 6% más que el año anterior, sin embargo, las estadísticas presentadas por la Unidad de Inteligencia Financiera muestran una disminución en el número de operaciones inusuales y de operaciones preocupantes.

Los sujetos obligados de México enviaron al ente regulador unos 36.934 reportes inusuales, es decir 1.400 menos que en el 2007 y 26.740 menos que en el año 2005. En relación a las operaciones preocupantes, la disminución también fue significativa al caer el número de reportes de 250 en el 2007 a 96 el año pasado.


Esta disminución se corresponde con la estrategia adelantada por la UIF de México para reducir los reportes defensivos de parte de las instituciones financieras. A finales de 2007, el director de la Unidad le expresó a Lavadodinero.com estos planes y destacó la necesidad de “trabajar más de cerca con las instituciones para recoger reportes más útiles y bajar un poco el fenómeno de sobre-reporteo que hay, debido al temor de los bancos a ser sancionados si no reportan”.


En relación al Sistema de Administración Tributaria (SAT), la UIF informó que fueron presentados 9.863 reportes de inteligencia durante 2008. Por su parte, el número de respuestas de peticiones a la Procuraduría General de la República totalizó 292, lo que significó un incremento de 162 respuestas que en el año 2007.


La colaboración con organismos internacionales también se incrementó el pasado año, ya que fueron respondidas 98 solicitudes, un 36% más que durante el año 2007 cuando se emitieron 72.


Descripciones básicas


Según la información proporcionada por la Unidad de Inteligencia Financiera en su normativa, presentamos los conceptos de cada una de las categorías descritas


Operaciones Relevantes: “son todas aquellas operaciones con las instituciones financieras y demás sujetos obligados en términos de dichas disposiciones realizadas con billetes y monedas de curso legal en México o en cualquier otro país, así como con cheques de viajero y monedas de platino, oro y plata, por un monto igual o superior al equivalente en moneda nacional a diez mil dólares estadounidenses, independientemente de que puedan estar vinculadas con esquemas de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.



Operaciones Inusuales: “esta categoría comprende, en general, a aquellas operaciones, actividades, conductas o comportamientos que no concuerden con los antecedentes o actividades conocidas o declaradas por los respectivos clientes de las instituciones financieras y demás sujetos obligados en términos de dichas disposiciones, o con su patrón habitual de comportamiento transaccional, en función al monto, frecuencia, tipo o naturaleza de la operación de que se trate, sin que exista una justificación razonable para dicho comportamiento, o bien, aquellas que, por cualquier otra causa, esas instituciones o sujetos consideren que los recursos pudiesen ubicarse en alguno de los supuestos de los artículos 139, 148 Bis o 400 Bis del Código Penal Federal —relativos al financiamiento al terrorismo nacional e internacional o al lavado de dinero— o cuando se considere que los recursos pudieran estar destinadas a favorecer la comisión de los delitos señalados en este párrafo”.


Operaciones Preocupantes: esta categoría comprende, en general, a aquellas operaciones, actividades, conductas o comportamientos de los directivos, funcionarios, empleados y apoderados de las instituciones financieras y demás sujetos obligados en términos de dichas disposiciones que, por sus características, pudieran contravenir o vulnerar la aplicación de las normas en esa misma materia, o aquella que, por cualquier otra causa, resulte dubitativa para dichas instituciones y sujetos obligados.