Por Juan Alejandro Baptista.

La Comisión Nacional de Valores y el Banco Central de Argentina implementaron esta semana medidas conjuntas para controlar y restringir las operaciones bursátiles y cambiarias con las jurisdicciones consideradas paraísos fiscales, como parte del cumplimiento de las normas contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó este martes la resolución General N° 554-09 mediante la cual prohibió a las sociedades de bolsa, fideicomisos y fondos de inversión operar con instrumentos bursátiles y financieros con los países considerados paraísos fiscales.

Este fortalecimiento de la legislación, se produce mediante la modificación del Artículo 8 de la Ley de Prevención del Lavado de Dinero y la Financiación del Terrorismo, el cual ahora señala que los sujetos bajo competencia de la CNV sólo podrán dar curso a operaciones “previstas dentro del ámbito de la oferta pública, cuando éstas sean efectuadas u ordenadas por sujetos constituidos, domiciliados o que residan en dominios, jurisdicciones, territorios o Estados asociados que no figuren incluidos dentro del listado del Decreto Nº 1344/98 Reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias Nº 20.628 y modificatorios, publicado por la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF) dentro de su página en Internet en www.uif.org.ar (*)”. En este listado están un total de 88 jurisdicciones de baja tributación, a las cuales se les cataloga como “paraísos fiscales”.

La Resolución también establece que sólo se deberán dar curso a operaciones dentro del ámbito de la oferta pública con los sujetos antes mencionados, “siempre que acrediten que el organismo de su jurisdicción de origen ha firmado un memorando de entendimiento, cooperación e intercambio de información con esta COMISIÓN.”

Eduardo Hecker, jefe de la CNV, afirmó que la medida “Es parte de una política que busca evitar la fuga de capitales e intenta que el ahorro local se vuelque a la inversión en el país”, según reseñó el diario argentino La Nación.

Por su parte, el Banco Central de Argentina emitió la Comunicación “A” 4940 , mediante la cual le ordena a las entidades financieras y a los agentes de cambio de divisas, “Disponer el requisito de contar con la conformidad previa del Banco Central para el acceso al mercado de cambios para la compra de divisas por las operaciones de repatriaciones de inversiones directas e inversiones de portafolio de no residentes (…) cuando el beneficiario del exterior sea una persona física o jurídica que resida o que esté constituida o domiciliada en dominios, jurisdicciones, territorios o Estados asociados que figuren incluidos dentro del listado del Decreto Nº 1.344/98 Reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias Nº 20.628 y modificatorios”.

Asimismo, se establece que todos los sujetos supervisados por el Banco Central deberán cumplir con lo establecido en la “Resolución N° 554/09 de la Comisión Nacional de Valores en todas las operaciones de compra y venta de valores con no residentes que realicen bajo cualquier modalidad, excepto que correspondan a operaciones propias de financiaciones externas recibidas por la entidad local”.

“Con estas medidas ambos organismos buscan frenar las operaciones cambiarias encubiertas que permiten la compra de productos financieros cotizados en pesos argentinos, para luego ser vendidos en mercado del exterior en dólares, burlando así los controles establecidos por los entes reguladores argentinos”, señaló una fuente de la CNV que pidió reservar su nombre.

Indirecta para Uruguay

Para algunos estas medidas están orientadas indirectamente a frenar las operaciones cambiarias y bursátiles con Uruguay, uno de los 88 países incluidos en el listado mencionado en la nueva regulación.

Por muchos años, Uruguay ha sido considerado por distintos organismos como el GAFISUD, el Fondo Monetario Internacional y el gobierno de Estados Unidos como una jurisdicción “off shore” con beneficios fiscales y de secretismo. Además, fue incluido en el listado de paraísos fiscales de la Organización para el Desarrollo y la Cooperación Económica que fue revisado durante la más reciente reunión del G-20, por su falta de disposición para asumir los estándares internacionales de intercambio de información tributaria.

Las autoridades uruguayas intentaron reducir el efecto de la medida que inmediatamente afectó las operaciones bursátiles de inversionistas binacionales. Según declaró al diario El Espectador, el presidente del Banco Central de Uruguay, Mario Bergara, esta medida “No es una resolución que en particular ataque a Uruguay, sino que es una de las medidas que Argentina está tomando en el marco de su intención de evitar o de mitigar la salida de depósitos y de capitales, que según las autoridades estaría ocurriendo en estos momentos”.

Bergara explicó que las operaciones que se han visto afectadas son relacionadas a las Sociedades Anónimas Financieras de Inversión (SAFI) de Uruguay, las cuales ya están es su proceso de eliminación. “La propia ley de reforma tributaria prohibió la creación de nuevas SAFI, y a su vez otorgó un plazo perentorio, hasta fines del año que viene, para que las preexistentes se transformaran y pasaran al régimen general de sociedades”, explicó el funcionario uruguayo.

En relación a la segunda condición que establece la regulación argentina de tener firmado un memorándum de intercambio de información con la CNV para poder permitir las operaciones bursátiles entre ambas naciones, Bergara explicó que para fines de este mes se espera que Uruguay, Brasil, Argentina y Paraguay firmen un acuerdo de entendimiento, cooperación e intercambio de información en materia bursátil como parte de los preacuerdos que ya han logrado en el Mercosur.