Por el Departamento Editorial.

El alcance que tienen las regulaciones y las autoridades de Estados Unidos sobre la banca internacional quedó nuevamente demostrado con la anunciada liquidación del Banco Continental de Honduras, luego de que la entidad y varios de sus propietarios fuesen incluidos en la lista negra de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC por sus iniciales en inglés) por presuntas actividades de lavado de dinero.

La medida de los reguladores hondureños se produjo luego de que las autoridades estadounidenses incluyeran al Banco Continental S.A., a varias empresas y a miembros de la familia Rosenthal en la Lista de Nacionales Especialmente Designados. Las investigaciones indican que Jaime Rolando Rosenthal Oliva, su hijo Yani Benjamin Rosenthal Hidalgo y su sobrino Yankel Antonio Rosenthal Coello permitieron el lavado de dinero y apoyaron el tráfico de drogas internacional de varios narcotraficantes centroamericanos y de sus organizaciones criminales, según señalan los documentos oficiales del Departamento del Tesoro.

La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) de Honduras ordenó la liquidación forzosa y explicó que “si una persona natural o jurídica es designada, las repercusiones de una relación directa e indirecta con otras personas naturales o jurídicas, representa para estos últimos que también puedan ser designados en la lista OFAC, con el consecuente aislamiento de las mismas por las empresas de los Estados Unidos de América e inclusive de su propio país”.

Mediante un comunicado, Jaime Rosenthal, en representación de la familia propietaria del Banco Continental, rechazó la designación calificándola de falsa, a la vez que prometió públicamente el pago de todos los compromisos adquiridos con clientes y empleados de la entidad. Según datos proporcionados por la CNBS, el banco cuenta con más de 220.000 ahorristas y más de 11.000 empleados directos.

La designación de OFAC generó la cancelación de los servicios de pagos electrónicos (VISA, MasterCard, Western Unión, etc.) y el congelamiento internacional de las cuentas y activos del banco, por lo cual su índice de adecuación de capital pasó de 11.6% al 5.2%, ubicándose por debajo del 6% exigido en la normativa hondureña. Esta situación llevó a las autoridades a prohibir a partir del 12 de octubre la participación del Banco Continental S.A. en la cámara de compensación, cancelar la autorización de operaciones y declarar la liquidación forzosa.

Las empresas incluidas en la acción de OFAC son:

– BANCO CONTINENTAL, S.A. (Honduras)

– EMPACADORA CONTINENTAL, S.A. DE C.V. (Honduras)

– INVERSIONES CONTINENTAL, S.A. DE C.V. (a.k.a. GRUPO FINANCIERO CONTINENTAL) – (Panamá)

– INVERCIONES CONTINENTAL, U.S.A., CORP, (Florida – USA)

– SHELIMAR REAL ESTATE HOLDINGS II, INC (Florida – USA)

– SHELIMAR REAL ESTATE HOLDINGS III, INC (Florida – USA)

– DESLAND OVERSEAS, LTD (Islas Vírgenes Británicas)

– PREYDEN INVESTMENTS, LTD (Islas Vírgenes Británicas)

– SHELIMAR INVESTMENTS, LTD (Islas Vírgenes Británicas)

El subsecretario para terrorismo e inteligencia financiera, Adam J. Szubin, dijo que el gobierno está totalmente comprometido con la protección del sistema financiero de los “delincuentes como los Rosenthal. Estamos plenamente comprometidos a trabajar con las autoridades hondureñas a tomar las medidas necesarias para proteger el sistema financiero hondureño del abuso por parte de los traficantes de drogas y otros actores ilegales, a fin de salvaguardar aún más las instituciones financieras hondureñas”.

Esta es la primera vez que OFAC designa a una entidad bancaria bajo lo estipulado en la Ley de Designación de Nacotraficantes Extranjeros Kingpin (Foreign Narcotics Kingpin Designation Act).

Aspectos clave del cumplimiento antilavado

En las investigaciones fueron determinantes los reportes de operaciones sospechosas entregados por la banca estadounidense a la Red de Control de Crímenes Financieros (FinCEN, su inicial en inglés).

Es importante destacar que los tres sujetos designados tienen antecedentes políticos en Honduras, llegando incluso a desempeñarse como ministros de gobiernos y en el caso de Jaime Rosenthal como candidato a la presidencia de la república. Esto motivó que fuesen catalogados como personas expuestas políticamente (PEP) y, por ende, estuviesen sometidos a procesos de debida diligencia ampliada en la mayoría de las entidades financieras estadounidenses.

Otro aspecto clave para efectos de cumplimiento, es que la red estaba conformada por estructuras corporativas offshore ubicadas en las Islas Vírgenes Británicas y varias empresas de inversiones en el sector de los bienes raíces ubicadas en tres ciudades de Florida: Miami, Golden Beach y Plantation. El banco era una pieza fundamental para el movimiento internacional del dinero.

Las implicaciones legales en Estados Unidos

Paralelamente a la acción de OFAC, las autoridades iniciaron un juicio en la Corte del Distrito Sur de Nueva York contra los designados y un individuo llamado Andrés Acosta García, quien no fue incluido en la lista negra de OFAC, por realizar transacciones financieras desde 2004 hasta 2015 para lavar dinero de procedencia ilícita.

El pliego acusatorio la fiscalía acusa a los demandados de conspirar para efectuar operaciones bancarias que ocurrieron total o parcialmente en Estados Unidos y que estaban relacionadas a recursos procedentes del narcotráfico o a delitos contra una nación extranjera, como soborno a funcionarios públicos, apropiación indebida, robo y malversación de fondos públicos.

El documento de la corte indica que las transacciones financieras y las operaciones de la red fueron diseñadas para “ocultar y disfrazar la naturaleza, la ubicación, el origen y al dueño y beneficiario final de las ganancias de dichas actividades ilegales “.

Además, los acusados son señalados de transferir, transmitir y transportar dinero e instrumentos financieros desde Estados Unidos hacia el exterior y viceversa como parte de las operaciones ilícitas que adelantaban en su esquema de blanqueo de dinero.

Yankel Antonio Rosenthal Coello fue detenido por las autoridades y enfrenta una pena de hasta 30 años de prisión y US$ 5 millones en multa.

 


Documentos relacionados

Designación de OFAC

Pliego acusatorio – Corte Federal del Distrito Sur de Nueva York (inglés)

Comunicado Comisión Nacional de Bancos y Seguros de Honduras – 11 de octubre de 2015