Toda institución financiera y sujeto obligado debe tener procedimientos claramente definidos para monitorear las actividades de sus empleados y aplicar la debida diligencia necesaria para evitar que la empresa sea víctima de trabajadores criminales. Estos procedimientos también deben aplicarse a los gerentes y miembros de las directivas.

Para saber lo que se entiende por complicidad interna, vamos a tomar como referencia la definición de la regulación estadounidense: “Cualquier violación federal criminal conocida o sospechada, cometida o intentada contra el banco o involucrando transacciones realizadas a través del banco, en donde el banco cree que haya sido una víctima real o potencial de una violación criminal, o que el banco fue utilizado para realizar una transacción criminal y el banco tiene bases sustanciales para identificar a uno de sus directores, funcionarios, empleados, agentes u otras personas de instituciones afiliadas de haber cometido o ayudado en el comisión de un acto criminal irrelevante de la cantidad involucrada en la violación”.

Los bancos e instituciones financieras deben poseer mecanismos y procedimientos de vigilancia, control y denuncia de actitudes sospechosas en el interior de la empresa, para evitar que la institución y sus clientes sean víctimas de algún tipo de fraude.

El monitoreo de las transacciones es fundamental, por lo cual los sistemas automatizados deben estar preparados para mostrar patrones de conducta transaccional sospechosos. Por ejemplo, lo sistemas deben estar programados para monitorear las cuentas de los mismos empleados, sus familiares y socios.

Otra recomendación es el control de las cuentas de emails y las comunicaciones internas y externas. Al rastrear los mensajes de correo electrónico de los empleados, las instituciones financieras suelen utilizar softwares que permiten realizar búsquedas mediante palabras clave y rastrear los destinatarios de los mensajes de correo electrónico que pueden estar en una “lista específica interna”.

Como el software de monitoreo de transacciones, los sistemas de monitoreo de mensajes de correo electrónico detectan patrones para establecer si aquellos empleados sobre los que existan sospechas están en contacto regular con individuos cuestionados,

    Casos sonados

Son muchos los casos de empleados corruptos que se han detectado. A mediados de este mes de julio, una corte federal estadounidense sentenció a 78 meses de prisión y otros 5 años de libertad condicional al exdirector ejecutivo del People’s Bank of the South por los delitos de fraude y lavado de dinero.

Entre los años 2004 y 2012, Larry Barnette Hill retiró dinero de una cuenta de compensación de nómina y depositó los fondos en cuentas de sus familiares. Además, utilizó la tarjeta de crédito de la institución para consumos personales y cambió cheques que estaban a nombre del banco para pagar préstamos personales en otros bancos. Además de la prisión, Hill deberá retornar al banco US$1.243.703.

Mucho antes, en el año 1999, surgió el emblemático escándalo de lavado de dinero del Bank of New York (BONY), donde la vicepresidenta Lucy Edwards, y su esposo, Peter Berlin, conspiraron para lavar alrededor de US$ 7.000 millones en fondos de mafias rusas durante tres años.

Ellos fueron condenados por conspiración para lavar dinero, incluyendo la operación de un negocio de remesas y una cuenta bancaria no autorizada que Berlin administraba a través de sus cuentas corporativas en el BONY. Edwards no había informado al banco sobre su participación en las cuentas corporativas que su esposo tenía en el banco, ni tampoco había informado que estaba casada con Berlin. Sin embargo, lo que Edwards si dijo al banco, es que el departamento de cumplimiento debería haber sabido lo que ella estaba haciendo.

Entre enero de 2010 y el año 2011, la Oficina del Contralor de la Moneda (OCC por sus iniciales en inglés) multó a 59 banqueros por problemas de cumplimiento, incluyendo violaciones de fraude y préstamos, además de otros problemas. Por su parte, la Oficina de Supervisión del Ahorro–organismo que se fusionó con la OCC-, sancionó desde 2008 a 32 individuos por un monto total de US$ 300.000 por violaciones relacionadas al cumplimiento antilavado de dinero.

    Señales de alerta asociadas a los empleados

A continuación presentamos algunas señales de alerta que deben ser consideradas cuando un empleado o gerente cambia drásticamente su conducta o muestra indicios de estar relacionado a actividades irregulares:

• Estilo de vida más allá del alcance de los medios del empleado. Las membresías a country clubs, el manejo de automóviles costosos, el uso de prendas de vestir de marcas reconocidas, especialmente cuando no están justificados por un paquete compensación elevado o una herencia, por ejemplo.

• El trabajo durante una cantidad inusual de horas y el ser reticente a tomar licencia por enfermedad o vacaciones. El obligar al empleado sospechado a tomarse vacaciones o licencia haciendo que otro empleado cubra el cargo, en muchos casos, descubrió casos de fraude.

• El ganarse la confianza de la gerencia y de los colegas siendo simpático y considerado. Las actitudes amistosas y la generosidad llaman la atención de cualquiera. Podría calificarse como carisma, pero cuando se junta esta actitud con alguna otra señal de alerta, debe ser analizada cuidadosamente.

• El jactarse de bienes como propiedades, inversiones y actividades de esparcimiento. El ego de un defraudador es una vía que lleva a la confianza en sí mismo y a asegurar que sus acciones no serán detectadas.

Por su parte, la Corporación Federal de Seguros de Depósito (FDIC, por sus siglas en inglés) de Estados Unidos ha elaborado una amplia lista de señales de alerta que deben revisar las instituciones financieras. Algunas de ellas son:

1. Fondos de préstamos personales internos a clientes u obtenidos en préstamo de clientes.

2. Participación interna en fideicomisos o sociedades sin movimiento y/o en compañías pantalla.

3. El empleado parece recibir favores especiales de clientes de la institución o muestra un favoritismo especial hacia ciertos clientes de la institución.

4. El empleado adquiere bienes de la institución, directa o indirectamente, y no hay pruebas de una valuación independiente de los bienes.

5. El trabajador tiene acuerdos de préstamo recíproco evidentes con otros empleados de la institución y su institución tiene relaciones de corresponsalía con esas instituciones.

6. El empleado participa en un negocio que hace arreglos para su financiamiento a través de la institución.

7. Los “beneficios” del empleado incluyen el uso de automóviles costosos pertenecientes a la institución, botes, aeronaves, casas, etc., al tiempo que las ganancias de la institución parecen no respaldar a esas extravagancias.

8. El empleado está muy endeudado y el pago de la deuda parece requiere la mayor parte del, sino todo, el salario del empleado.

9. Los estados financieros del empleado muestran fluctuaciones importantes o inusuales. El patrimonio neto puede ser conciliado con las fuentes de ingreso informadas.

10. El empleado está financiando compras importantes (casa, auto, etc.) a través de fuentes privadas, no bancarias que pueden tener relaciones comerciales con la institución.

11. Los estados financieros del empleado reflejan una concentración importante de inversiones de alto riesgo y de emprendimientos especulativos.

12. El empleado vende bienes personales a un tercero y la institución provee la financiación sin tener una valuación independiente.

13. El trabajador o sus allegados frecuentemente aparecen en listas de transacciones suspendidas o en listas de préstamos impagos generadas en computadora, pero no aparecen en la versión” actualizada” presentada a la junta de directores o a los examinadores.

14. El empleado “extraoficialmente” garantiza préstamos y/o participaciones en préstamos.

15. El empleado es responsable de las autorizaciones de excepciones de auditoría referidas a confirmaciones de saldos de préstamos.