En una clara señal de que Ecuador está intentando ponerse al día con los estándares internacionales antilavado, el Congreso ecuatoriano aprobó esta semana un proyecto de ley que tipifica el lavado de dinero como delito autónomo y establece la creación de la primera unidad de inteligencia financiera (UIF) de Ecuador.
Para que el proyecto se convierta en ley, necesita la aprobación del Ejecutivo, que podría revisarlo esta semana.
La actual ley antilavado de Ecuador penaliza el lavado de dinero sólo en conexión con el narcotráfico. Para que exista una condena por lavado de dinero primero se debe demostrar que el dinero se origina del narcotráfico. Bajo la nueva ley, Ecuador expande el alcance de su ofensiva antilavado al determinar que el lavado en sí mismo es un crimen, dijo Luis Aguilar, secretario de la Comisión de lo Civil y Penal del Congreso.
“La ley reprime la propiedad, posesión, utilización, oferta, venta, comercio interno y externo, transferencia, conversión, y tráfico de activos que fueren resultado o producto de actividades ilícitas”, indicó en un comunicado el departamento de prensa del Parlamento. El comunicado señala que la ley “reprime la asociación para ejecutar cualquier de las actividades mencionadas, como la organización de sociedades o empresas que tengan un propósito ilegal”.
El proyecto de ley establece la creación de un Consejo Nacional de Lavado de Activos, y dentro de este Consejo se ubicará la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
La UIF “será una entidad interinstitucional, con representantes de la Procuraduría, Superintendencia de Bancos, policía, asociaciones bancarias”, entre otros, dijo Néstor Arboleda, abogado de la Procuraduría General de Ecuador. Actualmente Ecuador cuenta con una UIF provisional que funciona dentro de la Superintendencia de Bancos.
El proyecto de ley ha sido aprobado pero no se ha enviado a la oficina presidencial todavía. “Creo que puede enviarse a más tardar este viernes al Ejecutivo para que lo apruebe o lo vete…pero estimo que será aprobado”, según Aguilar.
La promulgación de la nueva ley reforzará la lucha de Ecuador contra una serie de delitos. La lucha se vio debilitada debido a la falta de un marco legal para castigar a los responsables de lavar el dinero procedente de estos crímenes.
Bajo la nueva ley, el lavado de dinero podrá ser penalizado hasta con nueve años de prisión, dependiendo el monto involucrado en las operaciones de lavado, según Aguilar. “Prisión de entre uno y cinco años cuando el monto no exceda los US$50.000; tres a seis años cuando el monto sea de entre US$50.000 y US$300.000; y seis a nueve años cuando el monto del crimen exceda los US$300.000”.
Fernando Mera Espinosa, ejecutivo de la oficina antilavado de la Superintendencia de Bancos de Ecuador dijo que varios grupos y oficinas públicas aportaron datos y esfuerzos en el proyecto de ley, incluyendo la Procuraduría General, la policía y la Superintendencia de Bancos. Añadió que se buscó asesoramiento de expertos de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos y del Grupo de Acción Financiera Internacional.
El proyecto antilavado original presentado por la Procuraduría General –a comienzos de 2004—contaba con 74 artículos, pero tras la revisión del Congreso fue reducido a 19 artículos. El proyecto de ley sigue los modelos de otros países como Colombia, donde el lavado de dinero es un delito autónomo.
“Bajo la nueva ley no hay necesidad de obtener una condena por otro delito para procesar a alguien por lavado de dinero”, señaló Aguilar. Por lo tanto, para investigar y condenar por lavado de dinero no hay necesidad de obtener una condena previa de un delito subyacente.
Ley antilavado de EE.UU.
La ley antilavado de Estados Unidos –promulgada en 1986—es una poderosa arma legal, pero puede ser utilizada sólo si el dinero de por lo menos un delito subyacente está presente en la transacción. Sin el dinero de por lo menos uno de los más de 200 delitos subyacentes no puede existir un procesamiento en Estados Unidos. La lista de delitos subyacentes ha crecido desde que la ley fue promulgada, una de las más importantes fue a través de la Ley USA Patriot de octubre de 2001.
No todos los delitos subyacentes bajo la ley antilavado de Estados Unidos son delitos dentro de Estados Unidos. Cerca de una docena de delitos extranjeros que se encuentran en la lista pueden servir como base para un procesamiento si sus ganancias forman parte de una transacción en Estados Unidos o si se llevaron a cabo a través de una entidad estadounidense.
Ecuador bajo la lupa
Ecuador es el único país miembro del Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (GAFISUD) que no cuenta con una unidad de inteligencia financiera, y junto con Venezuela son los únicos dos países que no han promulgado una ley antilavado que castigue el lavado de dinero de otros delitos diferentes al narcotráfico. El país se ha visto bajo intensa presión para llevar a cabo los cambios realizados por sus países vecinos.
Ecuador ha estado bajo la lupa de las agencias de ley de Estados Unidos debido a su proximidad con Colombia y Perú y debido a que es el único país en Sudamérica que cuenta con el dólar como moneda oficial. Según el informe de 2005 de narcóticos (INCSR) del Departamento de Estado de EE.UU. “Ecuador, un importante país de tránsito de la droga, con una economía dolarizada y una situación geográfica entre dos países de gran producción de drogas—Colombia y Perú—es altamente vulnerable al lavado”.
“Los cambistas de divisas (de Colombia) convierten dólares de la droga en pesos colombianos y luego envían los dólares a América Central, Ecuador y otros lugares para ser depositados como fondos legítimos, que luego son convertidos en pesos para ser repatriados a través de giros a Colombia…la dolarización de la economía en el vecino país de Ecuador representa un gran desafío para las autoridades antilavado de Colombia.”




