La reciente condena a 7 años de cárcel impuesta a un ex oficial de cuentas del Banco Continental de Panamá, engrosa la lista de casos relacionados a empleados bancarios que durante el 2011 han sido acusados de manera formal por participar en operaciones vinculadas con el lavado de dinero.

Aunque los reguladores han venido aumentando las presiones y las sanciones administrativas en contra de las empresas reguladas, en muchos países latinoamericanos todavía no hay una estrategia claramente definida sobre el procesamiento penal de los individuos que trabajan en las empresas reguladas.  

No obstante, Panamá y Costa Rica se han unido a Estados Unidos en la lista de naciones que han procesado penalmente a empleados bancarios

Un “empleado” del narcotráfico

Según un informe policial, el empleado del Banco Continental de Panamá ayudó al colombiano José Nelson Urrego a abrir cuentas que se usaron para blanquear la astronómica suma de US$12 millones producto del narcotráfico. Urrego utilizaba dos compañías de la  Zona Libre de Colón para el lavado de dinero y mantenía en el país centroamericano varias sociedades anónimas que movieron sumas millonarias entre 2002 y el 2006 en el Banco Continental, Banistmo y el HSBC.

Este caso ha generado un importante debate en Panamá sobre los mecanismos de control antilavado en el sistema financiero.

Lavadodinero.com pulsó la opinión del consultor antilavado panameño Ricardo Alba quien consideró, en su momento, que “casos como éste se dan porque podría haber falta de rigor en la aplicación de la política de conocimiento del cliente por parte de los bancos, especialmente en la parte referente a cumplir con los requerimientos para la apertura de la cuenta y seguimiento de las transacciones del cliente”.

A juicio de Alba se hace imperativo una adecuada práctica de conocimiento del cliente pues en el caso de Urrego no lo identificaron como cliente de alto riesgo, a pesar de que en dos ocasiones en Colombia fue condenado a pagar un total de US$ 11 millones por enriquecimiento ilícito, en los años 2000 y 2003.

En los últimos dos años se han aprobado nuevas regulaciones ALD/FT en Panamá, las cuales han puesto muros de contención al sector bancario, seguros y a la conformación de compañías off shore.

Caso Banco Popular en Costa Rica

El 24 de marzo de 2011 a la coordinadora de créditos de la agencia en Alajuela del Banco Popular de Costa Rica (a 35 kms de San José) se le dictó un año de prisión preventiva por haber incurrido en operaciones de lavado de dinero.

La funcionaria bancaria, con 10 años de trayectoria en esa institución financiera, brindó asesoría a una pareja con nexos con carteles mexicanos, para que evadieran controles financieros e hicieran inversiones en fincas con créditos otorgados por el banco. Los créditos eran pagados por la pareja mucho antes de los plazos fijados y por montos muy superiores a los ingresos reportados.

El hecho de que los solicitantes de créditos pagaran  los préstamos con una celeridad nada normal, encendió las alarmas del programa de monitoreo de transacciones establecido por el departamento de cumplimiento del Banco Popular, el cual emitió a principios de 2009 el Reporte de Operación Sospechosa (ROS). Este reporte le permitió a la Unidad de Inteligencia Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas iniciar las investigaciones, que fueron luego coordinadas con la Fiscalía.

Este caso tiene como antecedente la captura por parte de funcionarios de Control de Drogas de Costa Rica,  en junio de 2010, de 19 personas relacionadas con el tráfico de dos toneladas de cocaína de la organización mexicana La familia Michoacana.

Uno de  los detenidos, vínculo directo del cartel azteca, traspasó los bienes (cuatro fincas y un vehículo) a la sociedad Kardani ABC, administrada por la pareja Alfaro-Mora, aseguraron los medios locales.

Las transacciones anómalas y los presuntos vínculos de los beneficiaros de los créditos con uno de los detenidos de la red de narcotraficantes, dieron mayores luces a la investigación.

Trascendió en medios costarricenses que la funcionaria de la agencia tenía un proceso administrativo abierto desde hace seis meses. No se le sancionó ni despidió, porque esto podía entorpecer el curso de un proceso que terminó en su detención preventiva.

Caso Compass Bank (Texas)

El pasado 12 de agosto un jurado de la Corte Federal de Texas acusó a Cecilia Villarreal una ex empleada del Compass Bank de cometer fraude con clientes, lavar dinero y hacer transacciones ilegales.

De acuerdo con el expediente, que incluye 73 acusaciones formales, cuando Villarreal trabajaba como oficial en dicha entidad financiera transfirió dinero de clientes a cuentas personales.

Solamente en 2008, presuntamente logró sacar US$ 8 millones de dichas cuentas, con los cuales hizo varias inversiones.

Por cada cargo a la mujer se le imputaría- trascendió extraoficialmente- una condena de 30 años de prisión, por las operaciones de lavado dinero la sanción sería de 10 años y multas de hasta un millón de dólares.

Algunos datos de nuestras encuestas

La responsabilidad penal de los empleados de cumplimiento es un tema que mantiene una fuerte división en la comunidad antilavado. En una medición (no científica) realizada en la sección de “Encuestas” de Lavadodinero.com, un 53% dijo estar de acuerdo con que “además de las multas, las autoridades deben procesar penalmente a los directores y oficiales de cumplimiento por las violaciones ALD de sus empresas”.

Un 35% de la muestra no estuvo de acuerdo, mientras que el 12% restante dijo no tener una opinión precisa al respecto.

En la misma sección de Lavadodinero.com, 114 usuarios del portal respondieron la siguiente pregunta: Durante el año 2010, ¿usted o el departamento de cumplimiento reportó alguna operación sospechosa relacionada a un empleado de la misma institución/empresa?  Un 17% dijo que “sí”, un 81% negó haber presentado algún reporte en contra de un compañero de trabajo y 12% marcó la opción “no sé”.

Señales de Alerta

La Corporación Federal de Seguros de Depósito (FDIC por sus iniciales en inglés) de Estados Unidos ha elaborado una amplia lista de señales de alerta relacionadas a los empleados de las instituciones financieras. Algunas de ellas son:

1. Fondos de préstamos personales internos a clientes u obtenidos en préstamo de clientes.

2. Participación interna en fideicomisos o sociedades sin movimiento y/o en compañías pantalla.

3. El empleado parece recibir favores especiales de clientes de la institución o muestra un favoritismo especial hacia ciertos clientes de la institución.

4. El empleado adquiere bienes de la institución, directa o indirectamente, y no hay pruebas de una valuación independiente de los bienes.

5. Los “beneficios” del empleado incluyen el uso de automóviles costosos pertenecientes a la institución, botes, aeronaves, casas, etc., al tiempo que las ganancias de la institución parecen no respaldar a esas extravagancias.

6. El empleado está muy endeudado y el pago de la deuda parece requiere la mayor parte del, sino todo, el salario del empleado.

7. El empleado es responsable de las autorizaciones de excepciones de auditoría referidas a confirmaciones de saldos de préstamos.

Para ver la lista completa de señales de alertas, se recomienda leer el artículo: Señales de alerta contra empleados cómplices del crimen organizado