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Este lunes 26 de junio ha entrado en vigor la 4ta. Directiva Contra el Blanqueo de Capitales de la Unión Europea (DIRECTIVA (UE) 2015/849), con lo que se inicia el plazo para que los países miembros del bloque adapten sus normas internas a las exigencias estipuladas por la Comisión Europea.

La nueva normativa refuerza los requerimientos de diligencia debida y la obligación de hacer evaluaciones de riesgos más severas en el sector jurídico y de contabilidad. Además, se establecen requisitos claros de transparencia para las sociedades, con exigencias de identificación de la titularidad real de sus socios y de hacer pública dicha información en un registro central para que las autoridades tengan acceso a estos datos.

“El blanqueo de capitales es oxígeno para el crimen, el terrorismo y la evasión fiscal. Debemos cortar de raíz esta actividad lo mejor que podamos”, declaró a medios españoles Frans Timmermans, vicepresidente primero de la Comisión.

La Directiva exige a los Estados miembros de la Unión Europeaque impongan a los bancos y otras instituciones reguladas la recopilación de información sobre el beneficiario final. La directiva tiene por objeto producir controles de antecedentes más detallados sobre los clientes, así como un escrutinio más específico de los activos de los líderes políticos nacionales y extranjeros.

Críticas contra labor bancaria

En el marco de la entrada en vigencia de la 4ta. Directiva y luego de dos años de análisis, la Comisión Europea emitió su primera evaluación del riesgo de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo que enfrenta la Unión Europea, en la cual identificó a 40 productos y servicios financieros propensos a abusos por parte de los delincuentes financieros.

En el documento se emiten críticas contra la labor de prevención que realizan los bancos, al señalarse que la identificación de los datos sobre los beneficiarios finales debe ser “adecuada, precisa y actual”, pero la falta de evaluaciones “documentadas y profundas” permite a muchos ejecutivos comerciales de alto nivel y directores operar de forma anónima.

A juicio de los técnicos europeos, los profesionales bancarios no han logrado entender las mentes que están detrás de las operaciones de blanqueo de capitales, ya que mayormente aplican las normas antilavado de forma mecánica.

El documento indica que hay vulnerabilidades asociadas al sector inmobiliario, en las empresas de microfinanciación (crowdfunding), en las monedas digitales y en las organizaciones caritativas. Además, precisa que “El umbral de propiedad de acciones del 25% para definir a un beneficiario final es sólo indicativo, y la identificación del Gerente como beneficiario final es sólo un último recurso utilizado cuando ningún otro beneficiario puede ser identificado después de una evaluación documentada en profundidad”.

 

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