Por Matt Squire.

Los bancos deberían racionalizar sus esfuerzos de cumplimiento coordinando sus programas antilavado de dinero (ALD) y antifraude, declaró este martes el director de la Unidad de Información Financiera de Estados Unidos (Red de Control de Crímenes Financieros / FinCEN, por sus siglas en inglés)


Los departamentos de cumplimiento ALD tienen más problemas en convencer a los gerentes de bancos que gasten dinero en sus programas sujetos a limitaciones de costos, que los departamentos antifraude, que tienen un “impacto tangible” mucho más claro sobre las actividades de las instituciones financieras, según James Freis, director del FinCEN.


Dado que los departamentos requieren conjuntos similares de habilidades e información, los bancos deberían coordinar sus esfuerzos para “aprovechar las eficiencias importantes”, recomendó Freis, al hablar ante la Asociación de Banqueros de la Florida en Tampa, Estado de Florida.


Dado que el fraude es una “subespecie” de lavado de dinero, los bancos tienen una responsabilidad constante en tratar de poner al descubierto el delito en sus programas ALD”, explicó Peter Djinis, consultor ALD de Sarasota, Estado de Florida, y ex director asistente ejecutivo de política regulatoria de FinCEN.


Freis indicó que los bancos están intercambiando información sobre fraudes a través de plataformas de terceros, como la Red contra el Fraude (FraudNet) de la Asociación de Banqueros de la Florida, y agregó que las instituciones financieras también están aplicando el Artículo 314(b) de la Ley USA Patriot, un mecanismo regulatorio que permite a las instituciones financieras intercambiar información sobre delitos sospechados con otras instituciones sin tener responsabilidad civil o criminal.


“La promoción de una mayor aplicación del artículo 314(b) es un área donde les prometo que tendrán más información de FinCEN en el futuro”, advirtió Freis.


Djinis señaló que los bancos podrían utilizar más guías de FinCEN sobre qué clase de información pueden y no puede intercambiar bajo el programa del artículo 314(b). “Usted le puede informar a otro banco acerca de la naturaleza sospechosa subyacente de la actividad, pero la regla general es que no se le puede informar a otra institución que presentó un reporte de operación sospechosa. Eso no es realista cuando se trata de transacciones entre una remesadora de dinero y un banco o un banco y un corredor-agente. Debe haber un diálogo mucho mejor”, aclaró Djinis.