Desde hace varios años el mercado de las obras de arte ha sido considerado un sector de alto riesgo en el mundo del antilavado de dinero (ALD) y del contra financiamiento del terrorismo (CFT), especialmente porque por muchos años hubo pocos controles establecidos sobre el intercambio de piezas, especialmente las de alto valor.

Reconocidos narcotraficantes colombianos, políticos corruptos, empresarios defraudadores e innumerables delincuentes han sido asociados a grandes transacciones de obras de arte. Esta situación fue recientemente denunciada por un artista brasileño llamado Bruno Bresani (Recife, Brasil, 1973), quien este mes de octubre participará en una exposición en México.

Según reseñó el diario mexicano La Jornada, Bresani afirmó en una entrevista que “El mercado del arte es un medio muy fácil para lavar dinero, pues desafortunadamente se carece de leyes que lo impidan. Eso ha motivado, entre otras cosas, que muchos “niños bien” se conviertan en artistas, con padrinos empresarios que venden obra como si se tratara de meros productos comerciales”.

El artista añadió que “no porque un empresario te diga que cualquier cosa es arte lo es, o que un artista lo es por ser sobrino del galerista; además hay que ver de dónde viene y adónde va el dinero, pues no hay controles”.

Una vieja alianza

La relación entre el arte afamado y el lavado de dinero no es nueva. Las pinturas “Buste de Jeune” de Foujita y “Bandidos Atacando un Carruaje” de Goya estuvieron involucradas en un sonado caso de lavado a finales de los 90´. Según los documentos de la corte federal estadounidense, el príncipe saudita Nayef bin Sultan bin Fawwaz Al-Shaalan, trabajó para los carteles de drogas colombianos transportando cocaína desde Venezuela hasta Francia utilizando su pasaporte diplomático y su jet privado. Parte de la estrategia de los narcotraficantes para legitimar el dinero producto de la venta de la droga, era utilizar los famosos cuadros de Goya y Foujita para pagar parte de las operaciones. Las obras fueron examinadas por un experto en Nueva York, quien concluyó que las pinturas eran legítimas y que estaban valuadas en un millón de dólares cada una.

En el año 2001, los comerciantes de arte Shirley Sack y Arnold Katzen fueron acusados de legitimación de capitales, luego de intentar vender dos pinturas de Modigliani y Degas por US $ 4,1 millones a un agente encubierto estadounidense que actuaba como narcotraficante. La pareja le dijo al agente que podrían revender las pinturas en el extranjero como parte de una estratagema de lavado.

Otro caso famoso fue la Operación Dinero, una acción conjunta de la Dirección Antidrogas de Estados Unidos (DEA, por sus siglas en inglés) y el Servicio de Rentas Internas (IRS, por sus siglas en inglés). Las agencias operaban un banco en Anguila, centrando sus investigaciones en las redes financieras de traficantes internacionales de droga.

Como parte del operativo, establecieron varias empresas encubiertas en distintas jurisdicciones destinadas a brindar servicios de lavado a los traficantes. Algunos miembros del cartel de Cali cayeron en la trampa y contrataron al “banco” para que les vendiera tres obras maestras de Picasso, Rubens y Reynolds, cuyo valor combinado era de US $15 millones. Las obras fueron posteriormente confiscadas por el gobierno de Estados Unidos, ya que la ley antilavado de EE.UU. somete a confiscación a la propiedad involucrada en el delito.

Más recientemente, a principios de 2007, los miembros del sindicato de los Técnicos Financieros del Ministerio de Economía y Hacienda de España (GHESTA), informaron los resultados de una investigación en la que determinaron que una de las formas más usuales de sacarse de encima los billetes negros de 500 Euros –conocidos en España como “El Bin Laden”- era a través de la compra de vehículos de lujo, de obras de arte o de joyas, porque la operación no queda rastreada.

En Europa, uno de los grandes mercados de obras de arte del mundo, se implementaron medidas de control antlavado a este sector comercial mediante la llamada Tercera Directiva Antilavado, la cual fue anunciada a mediados de 2004, pero cuyo lapso de implementación finalizó en diciembre de 2007. La normativa europea establece que todos los comerciantes –incluidos los de arte- deben cumplir los procedimientos “sobre diligencia debida sobre clientes”, cuando vendan bienes o servicios por una suma de €15.000 (aproximadamente US$18.200) o más en efectivo, sea en una sola transacción o a través de varias que aparecen relacionadas.

Sin embargo, en muchos países ha habido retraso en la implementación de controles y en la supervisión sobre la venta de obras de arte. Por ejemplo, en el caso de Perú fue en marzo de 2008 cuando la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones de Perú emitió la Resolución SBS 486-2008 con la que se nombra a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) como el órgano supervisor de los sujetos obligados que hasta el momento no tenían una entidad de control a la que mandar los reportes de operaciones sospechosas, entre las que se encuentran las galerías y comerciantes de arte.

Señales de alerta para vendedores de arte

Los mercaderes de arte y de antigüedades deben ser precavidos para disminuir el riesgo de verse involucrados en procesos de lavado de dinero. Algunas medidas:

-Solicitar información básica de todos los vendedores de arte con relación a nombre y domicilio y pedir una declaración firmada en la que se indica su potestad para efectuar la venta y se certifica que no son artículos robados

-Verificar la identidad de los nuevos clientes y revisar cuidadosamente el valor de las obras, especialmente cuando el precio solicitado no coincide con su valor en el mercado.

-Ante la sospecha de un objeto robado, contactar inmediatamente el Registro de Objetos Artísticos Perdidos, la mayor base de datos sobre arte robado del mundo (https://www.artloss.com/content/inicio). La base de datos está disponible en español y contiene más de 100.000 artículos reportados como robados por la policía, empresas de seguros e individuos.

-Evitar la aceptación de pagos en efectivo a menos que exista una razón fuerte y aceptable para hacerlo.

-Mantenerse actualizado sobre las regulaciones antilavado.

-Designar a un integrante de su personal para canalizar todos los reportes de cualquier actividad sospechosa.