Por Verónica Moyano

A fines de 2013, las autoridades mexicanas, a través del Sistema de Administración Tributaria (SAT), detectaron defraudaciones al fisco por más de 105 mil millones de pesos (el equivalente aproximado a US$ 8 mil millones) entre 2008 y 2012, llevadas adelante por una red criminal que se dedicaba a manufacturar comprobantes fiscales para deducciones falsas, en una práctica conocida como “fraude carrusel”.

     Se trata de una red que ha evolucionado de la tradicional falsificación de facturas en papel, a un esquema mucho más complejo, que consiste en crear empresas supuestamente prestadoras de “servicios” para otras empresas, y que colocan en el mercado comprobantes fiscales auténticos y con flujos de dinero comprobables.

     El modus operandi consiste en crear múltiples razones sociales legítimas que prestan supuestos servicios de transporte, comercialización o producción, que inicialmente cumplen sus obligaciones fiscales, y cuando empiezan a incumplir y el fisco pretende auditarlas, “desaparecen”, dejando como fachada a empleados domésticos o testaferros.

     El objetivo principal de dichas maniobras consiste en lograr más deducciones del Impuesto sobre la Renta y aumentar el Impuesto al Valor Agregado para obtener una devolución a favor.

     Según el SAT, la empresa A le da facturas con operaciones no comprobadas a la empresa B y la empresa B, que tendría que reportar ingresos ante el fisco se queda con el dinero que posteriormente se reparte con la empresa A.

     Los impuestos nunca llegan a las arcas del Gobierno porque la empresa B desaparece o cambia de razón social.

     “Mantener impune esta práctica se traduce no sólo en un grave daño a las finanzas públicas y una afrenta a quienes sí cumplen con su deber constitucional de contribuir al gasto público, sino también consentir en un desafío al Estado y acrecentar la falta de cultura de la legalidad en nuestro país” –manifestaron las autoridades.

Reforma fiscal frente a la evasión

     Para minimizar los riesgos de que esta metodología siga desarrollándose en el país, las autoridades mexicanas llevaron adelante una reforma fiscal en la que se instauró un sistema de contabilidad electrónica que entró en vigor el  1 de julio de este año.

     Mediante este sistema, los contribuyentes deberán llevar a los sistemas electrónicos su catálogo de cuentas, la balanza de comprobación y las pólizas o registros analíticos de las operaciones que realicen.

     Por otra parte, se ha estipulado que el SAT haga público nombre, razón social y RFC de los contribuyentes (clave que requiere toda persona física o moral en México para realizar cualquier actividad económica lícita por la que esté obligada a pagar impuestos a toda persona moral, con algunas excepciones) incumplidos que simulan operaciones y emiten facturas apócrifas.

     Hasta el momento el SAT investiga a 400 empresas, pero sólo ha señalado a ocho como emisoras de facturas apócrifas, quienes tendrán 15 días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas para que aporten las pruebas para desvirtuar lo que estipuló el SAT.

     Pasado dicho período no habiendo aportado las pruebas necesarias, la Auditoría Fiscal Federal del SAT informó que la sanción que establece el Código Fiscal de la Federación por el delito de defraudación es una pena de tres meses a seis años de prisión.

El caso de Bolivia

     Ante la proliferación de casos detectados de compra de facturas “truchas” para evadir al fisco, la Cámara de Diputados boliviana aprobó modificaciones al Código Tributario que establece sanciones para quienes no emitan factura con la clausura de sus negocios por hasta 150 días, pero también dispone que se sancionará con uno a seis años de reclusión para quienes compren o emitan facturas sin el hecho generador del impuesto.

“Lo que hemos hecho es presentar ese procedimiento, en el cual interviene, ahora, la Autoridad de Impugnación Tributaria. De manera que el Servicio de Impuestos va a determinar quién no emite factura, va a notificar en ese momento (…) a la Autoridad de Impugnación Tributaria (…), para que dé la penalidad correspondiente al infractor” – aclaró el Ministro de Economía, Luis Arce Catacora.