Las personas políticamente expuestas (PEPs) mexicanas que han pasado por tantos escándalos de corrupción y lavado de dinero como el de Raúl Salinas, hermano del ex presidente, o del ex diputado René Bejarano, ya no podrán mantener su dinero en la banca nacional sin ser identificados con un proceso de diligencia debida mejorada.

Una vez que los oficios sobre regulaciones antilavado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) lleguen a una versión final y se publiquen oficialmente, México se convertirá en el primer país Latinoamericano en requerir a sus bancos que identifiquen a las PEPs nacionales.


Las regulaciones incluirán una lista de cargos públicos contra la cual los bancos deberán comparar sus clientes. Los bancos deberán completar un formulario de identificación del cliente más amplio para los clientes que caigan dentro de alguna de las categorías.


La lista en el anexo del oficio incluye PEPs que van desde el presidente de la nación hasta procuradores, diputados locales y los consejos de las judicaturas locales. También detalla organismos, empresas de participación estatal y sociedades nacionales de crédito cuyos titulares deben ser considerados PEPs.
 
Discusión y preocupación sobre PEPs


Luego de la aprobación de grandes cambios en las regulaciones antilavado mexicanas en mayo del 2004, comenzó un proceso de intercambio entre la SHCP y bancos, aseguradoras, casas cambiarias y otros sectores involucrados.


En una primera instancia se recibieron los comentarios sobre las regulaciones por parte de los sectores. Luego, la SHCP dará sus respuestas a esos comentarios y modificará las regulaciones – como lo hizo el 11 de noviembre pasado en su Oficio UBA/200/2005, su respuesta oficial al sector bancario. Y por último, una vez brindadas todas las respuestas, cada sector presentará su programa antilavado oficial para aprobación.


En octubre del 2004 se emitió el oficio UBA/094/2005 que establecía los criterios por los cuales las instituciones deben actualizar los expedientes de identificación de sus clientes, trataba de dilucidar los problemas respecto a beneficiarios finales, y daba importancia al tema de las PEPs.


En septiembre de este año la Asociación de Bancos de México (ABM) presentó un escrito con varias preguntas y solicitudes de aclaración de diversos criterios en el oficio. Entre ellas, señalaban que la lista de cargos públicos era demasiado amplia y que los cuestionarios de identificación del cliente debían simplificarse.


Sin embargo, como señaló Ramón García Gibson, jefe de cumplimiento de Bital-HSBC, en la última respuesta del SHCP, la lista no había sido reducida, así que la mayor parte del gremio está simplemente implementando un sistema informático que le permita identificar a las PEPs.


La regulación no sólo contempla la identificación inicial de la PEP sino también el posterior monitoreo de sus cuentas: “Las instituciones deberán determinar si el comportamiento transaccional de las personas que ocupen cargos contemplados en [la lista] corresponde razonablemente con sus funciones, nivel, y responsabilidad, para ubicarlos en el nivel de riesgo que corresponda.”


Diligencia debida mejorada hacia el pasado


Además de enfocarse en PEPs, el oficio de la SHCP explica las condiciones en las cuales los bancos deberán completar un formulario de identificación del cliente de siete páginas, incluyendo una revisión del último año.


Se deberán completar formularios para:



  • todos los clientes que a partir del 1 de enero del 2005 hayan tenido un saldo promedio mensual de más de 30 mil pesos (unos 2.800 dólares);
  • tengan en un mismo mes depósitos acumulados de más de diez mil dólares;
  • hayan realizado una operación determinada como inusual entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2005;
  • o sean PEPs

En sus comentarios sobre las regulaciones, la ABM había señalado que un formulario tan largo incrementaría los costos de cumplimiento, sin embargo en el oficio de la SHCP no se redujo el formulario. Y según asegura García Gibson, los costos de cumplimiento de los bancos no se verán afectados por los formularios, sino que es “sólo cuestión de adaptar los sistemas”.


El proceso continua con otros sectores


De la misma manera en que los bancos recibieron respuestas a sus comentarios sobre las regulaciones emitidas el año pasado, también lo harán el resto de los sectores, explicó Jorge Sánchez Gálvez, oficial de cumplimiento de Seguros Banamex.


En el caso de seguros, dijo Sánchez Gálvez, ven como positiva la aprobación de las regulaciones antilavado en Estados Unidos, y están trabajando en su comparación con las regulaciones locales para presentarlas ante el gobierno.


Entre las instituciones financieras no bancarias que desde el 2004 deben cumplir con programas antilavado se encuentran las sociedades de crédito, de inversión, administradoras de fondos para el retiro, aseguradoras, aseguradoras de fondos para retiro, casas de bolsa e instituciones de crédito, arrendadoras financieras, centros cambiarios, transmisores de fondos, entre otras. Deben implementar un programa antilavado, reportar actividades sospechosas, implementar políticas de conocimiento del cliente basadas en el riesgo transaccional y capacitar empleados.


Para el 31 de marzo de 2006 el sector bancario deberá mostrar sus programas antilavado y la implementación de los formularios de identificación del cliente. Y a partir del 1 de enero de 2006, las instituciones deberán analizar sus bases de datos para distinguir los clientes que deberían ser identificados con el formulario en un período trimestral.