Las regulaciones antilavado mexicanas no han sido fáciles de interpretar para las instituciones financieras: desde el 2004 cuando se emitieron, las autoridades no hacen sino contestar preguntas del sector privado respecto a su implementación. Finalmente, después de tantas consultas, decidieron oficializar sus respuestas y guía, con una actualización de las normativas.
 
Las autoridades mexicanas señalan que el proyecto busca principalmente esclarecer temas y puntos que en las disposiciones anteriores no habían quedado muy claros y por los cuales los reguladores habían tenido muchas consultas.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México (SHCP) envió la semana pasada a algunos bancos e instituciones financieras un proyecto con las nuevas disposiciones para que éstos analicen, opinen y comenten.


Una vez que la SHCP reciba los comentarios de los sujetos obligados y publique el proyecto, éste dejará sin efecto las disposiciones de lavado de dinero en México de hace dos años y  cambiará la estructura antilavado del país.


Tiempo para pensar


Cuando se publicaron las anteriores normativas en mayo de 2004, las autoridades se encontraban bajo mucha presión para acelerar el proceso de publicación. Esta vez se tomaron el tiempo para poner los temas en orden. La propuesta detalla y aclara conceptos en diferentes secciones relacionadas a cada uno de los mayores temas que generaban confusión en los sujetos obligados, como PEPs, transferencias electrónicas y beneficiarios finales, dijo un banquero al tanto del proyecto.


A pesar de que este nuevo proyecto trae diversas modificaciones significativas, mantiene la estructura similar al que actualmente se encuentra vigente en México. 


“La mayoría de los puntos son puntos aclaratorios que no incorporan obligaciones nuevas para los bancos e instituciones sino que son puntos derivados de las mismas consultas de los bancos que hemos tenido que revisar y contestar mediante escritos oficiales pero que queríamos que quedaran en un documento oficial”, dijo Manuel Acevedo Guadiana, director general adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP.


Menos requerimientos para transferencias


Según Acevedo Guadiana algunas de las modificaciones en el proyecto en lugar de endurecer las obligaciones para los sujetos obligados, las relaja. En el caso de las transferencias electrónicas “habíamos sido muy estrictos en el pasado y no habíamos considerados las limitaciones que tiene el Banco Central y que tienen todos los sistemas para remitir información”.


El proyecto toma el problema de que el Banco Central no puede procesar tanta información que recibe sobre las transferencias de los bancos y propone que no se envíen todos los datos tanto en giros nacionales como internacionales sino sólo un número de referencia o número de cuenta que permita rastrear la operación.


Beneficiario final definido


En el caso de la definición de dueño real, en las disposiciones previas la traducción y definición no había sido muy afortunada y había dado pie a muchas consultas de los bancos.


El proyecto define al beneficiario final como “aquella persona que por medio de otra obtiene los beneficios derivados de una cuenta, contrato u operación. También comprende aquellas personas que ejercen el control efectivo final sobre una persona moral o acuerdo legal”. También incluye una figura definida como “Proveedor de Recursos”, que es aquella persona que, sin ser el titular de una cuenta, aporta recursos a la misma de manera regular sin obtener los beneficios derivados de la cuenta u operación.



PEPs nacionales en la mira


La SHCP, en su primer medida para establecer controles sobre PEPs nacionales, brindó el año pasado a las instituciones una lista de puestos dentro del gobierno que deben ser considerados PEPs – todos aquellos que están sujetos a juicio político, establecidos en el artículo 110 de la constitución. Además, el gobierno está tratando de llegar a un acuerdo para determinar los períodos en los que se deben seguir considerando PEPs una vez que dejen sus cargos o puestos.


El proyecto también se refiere a temas relacionados con cuentas corresponsales, identificación del cliente, cuentas de concentración y monitoreo de los niveles de riesgo.


Los bancos tienen hasta fin de mes para presentar sus comentarios e impresiones y las autoridades esperan poder publicar cuanto antes las nuevas disposiciones.


Ver la regulación propuesta