El fluido intercambio de información financiera entre las autoridades es una de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (GAFI) para fortalecer la lucha contra el crimen financiero. Sin embargo, algunos consideran que flexibilizar las normas de intercambio de datos entre sujetos obligados puede ser clave para tener mejores resultados en el combate del lavado de dinero.
Durante los últimos meses, los miembros del llamado “Delta Team” –un equipo de trabajo integrado por oficiales de cumplimiento y reguladores estadounidenses que se reúnen mensualmente para analizar aspectos ALD / CFT- han hablado sobre los posibles beneficios de permitir un mayor intercambio de datos entre las instituciones financieras.
En Estados Unidos, la Sección 314 (b) de la Ley US Patriot, otorga permiso a las instituciones financieras certificadas para compartir datos sobre los clientes sospechosos, con el fin de detectar actividades criminales que involucren operaciones a través de múltiples instituciones. Los expertos consideran que si este proceso se simplifica y amplia pudieran lograrse mejores resultados.
Representantes del sector financiero sugieren específicamente que se flexibilicen los requisitos de mantenimiento de registros, que se facilite el proceso para que los bancos determinen si sus colegas de otros bancos están certificados bajo la 314 (b) y que se amplíen los tipos de instituciones reguladas.
Los profesionales antilavado también consideran importante que se puedan compartir datos que incluyan información sobre las tendencias regionales y los productos relacionados a las operaciones sospechosas de múltiples clientes. Actualmente se puede intercambiar información sobre un cliente o una cuenta, solo cuando se intentan identificar patrones de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo.
Para participar en el programa bajo la 314 (b), las empresas financieras y los negocios de servicios monetarios (NSM) deben designar a una persona responsable de coordinar este proceso y de mantener la confidencialidad de la información recibida sobre cada cliente y sus operaciones sospechosas. La Red de Control de Crímenes Financieros (FinCEN por sus iniciales en inglés) debe certificar cada año a la persona para que pueda participar en el programa de intercambio de datos.
Este recurso es mayormente utilizado por las grandes instituciones financieras, pero muy pocos sujetos regulados medianos y pequeños están certificados para el programa 314 (b), según informó a mediados del 2012 el entonces director de FinCEN, James Freis, en una conferencia.
Algunas opiniones contrarias a esta idea es que los datos intercambiados pueden ser utilizados por los bancos receptores para otros fines, como las evaluaciones para asignar o rechazar créditos a ciertos clientes considerados de “alto riesgo” crediticio, pero que no son criminales.
La palabra final la tendrán las autoridades estadounidenses, quienes actualmente evalúan esta materia para determinar si aplican cambios o si mantienen el actual esquema de intercambio de datos internos.




