A mediados del año pasado durante una reunión sostenida en Miami con miembros de la directiva de un banco, un alto gerente del área de riesgos operativos me preguntó cómo podía traducir al español el término “De-Risking”. Rápidamente le respondí: “Discriminación sectorial”. Como era de esperárselo, mi sarcasmo no fue bien recibido, ya que justamente la conversación giraba en torno a los posibles cierres de cuentas que la institución aplicaría a las empresas creadas en los últimos 5 años, cuyos beneficiarios finales fuesen mayoritariamente de un país suramericano considerado de alto riesgo (está bien, lo voy a decir, de Venezuela).
Obviamente “discriminación sectorial” no es la traducción literal de dicho angloamericanismo, el cual realmente es usado para significar “eliminación del riesgo” y proviene del verbo “derisk”. Desde hace más de una década el principio se aplica en la industria financiera -principalmente en la estadounidense- contra clientes o líneas de negocios de Latinoamérica, África, el Medio Oriente y algunas naciones de Asia.
Para mediados de 2013 ya publicábamos en Lavadodinero.com que bancos como HSBC, Standard Chartered, Wells Fargo, Bank of America, Citigroup, JPMorgan Chase y otros habían cerrado miles de cuentas de corresponsalía durante los últimos 18 meses, debido a la presión de los reguladores relacionada a los controles que los bancos debían implementar sobre esas cuentas extranjeras.
Cientos de instituciones financieras de México, Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay y Venezuela, entre otros, han enfrentado en los últimos años un enorme desafío para abrir y mantener las cuentas de corresponsalía.
Entonces, si la mejor opción que los bancos de Estados Unidos encontraron ante el riesgo representado por clientes de Latinoamérica es “eliminarlo”, ¿para qué han servido los millones de dólares invertidos desde hace años en implementación de procesos de administración de riesgos? Cuando una empresa decide “de-risking” a un país o a un sector –como ha sucedido con los NSM desde que fueron catalogados de alto riesgo por allá en 2004- está descartando negocios por el simple temor de no ser efectivo en la administración de los riesgos asociados a su naturaleza comercial, la cual en el caso de la banca trae implícita el riesgo.
Acepto y respaldo el hecho de que en algunos casos el riesgo debe ser eliminado, pero no creo que “mitigar” signifique “discriminar”. “De-risking” debe ser un recurso ocasional, porque al convertirse en una política de control, no es más que una salida “discriminatoria” (y cómoda) ante los desafíos de la administración del riesgo.